¡ALERTA!: Fuga de gas

Uno de los detalles de seguridad más importantes a tomar en cuenta al momento de hacer instalación de suministro de gas, ya sea, de uso doméstico, industrial y comercial, es asegurarse que no hayan quedado fugas y esto debe hacerlo, como indica la ley, un técnico idóneo (bien sea plomero o fontanero) y luego el personal del cuerpo de bomberos debe hacer una inspección visual para identificar posibles fallas en la instalación. Con el informe del técnico y la inspección positiva, el Benemérito Cuerpo de Bomberos puede emitir una certificación de que el resultado fue positivo. Sabemos que el gas es invisible, a diferencia del agua que si podemos ver claramente cuando hay una fuga, pero el olor ayuda a identificar cualquier fuga más fácil.

PREVENIR ACCIDENTES 🚧

Inhalar gas podría ser muy dañino para la salud del organismo. A fin de evitar accidentes que resultan muy peligrosos, a veces hasta mortal, es muy importante realizar pruebas en los períodos recomendados y exigidos por la ley, es decir cada 3 años para detectar si hay alguna fuga de gas. Una de las pruebas más efectivas para detectar cualquier fuga de gas, se llama prueba de hermeticidad.

¿QUÉ ES HERMETICIDAD? 🔒

Hermeticidad significa que una estructura está hermética, sellada, no pasa ni el aire. Este es el tipo de condición ideal en la instalación de suministro de gas ya que no debe existir escape de gas por ningún lado. El sellado hermético se logra utilizando algún material que sea flexible y se adapte al cierre, al momento que haya que bloquear cualquier filtración de aire desde adentro o desde el exterior.

A través una prueba de hermeticidad, se puede detectar cuando hay alguna fuga de gas en la línea de aprovechamiento de gas, ya sea industrial, comercial o domiciliario.

¿POR QUÉ REALIZAR PRUEBA DE FUGA DE GAS? 👨‍🔧

En Panamá se deben realizar pruebas de hermeticidad o de fugas de gas, no solo porque sea uno de los mantenimientos preventivos más importantes sino también porque la ley las exige. El Benemérito Cuerpo de Bomberos de la Ciudad de Panamá según lo establecido en la Ley N° 10 del 16 de marzo de 2010, en sus artículos 3 y 4 es el responsable de la prevención, control y extinción de incendios y otras calamidades similares y también son responsables de coordinar y dirigir las actividades que los ciudadanos realicen en este sentido.

GARANTIZAR LA SEGURIDAD

También es responsabilidad de la Administración de los PH garantizar la seguridad de los propietarios y más aún cumplir con los mantenimientos preventivos y correctivos a fin de minimizar riesgos que puedan atentar contra la vida humana. Por eso la Administración debe ser fiel supervisor de que estos sistemas de mantengan en óptimas condiciones y asesorar a las Junta Directiva en esta materia para obtener los fondos con anticipación para que cuando deban realizarse las mismas no se tenga que incurrir en gastos muy elevados o no estipulados con anterioridad.

Fuente: Menlis Consulting & Administration